En qué consiste la baja por riesgo laboral

En qué consiste la baja por riesgo laboral

28 de diciembre de 2016


Las máquinas se estropean. A lo largo del año, la fotocopiadora tendrá problemas y dejará de funcionar. Un virus o un calentamiento dejarán a los ordenadores incapacitados para funcionar. O un cortocircuito hará saltar los plomos y todo aquello que dependa de la electricidad puede sufrir averías cuando la sangre de neutrones, protones e iones vuelva a regar sus cableadas venas. No debería de extrañarnos que los seres humanos sufran de determinados impedimentos en sus más complejos pero menos mecánicos cuerpos durante su vida laboral. Enfermedades, bodas, paternidades, defunciones o depresiones copan el ranking de bajas laborales en nuestro país. Solo que, a diferencia de las máquinas, pueden fingir su malfuncionamiento.

Sin embargo, la baja no solamente puede deberse a estas circunstancias, sino que la propia empresa se vea obligada a mantener apartado de su función a un trabajador o trabajadora para preservar su integridad. Es en estos casos cuando nos encontramos con la baja por riesgo laboral.

Algunos puestos de trabajo exigen más que una titulación para poder ser desempeñados con garantías. Una acreditación de conocimientos no es suficiente para soportar determinadas cargas físicas o de estrés en el trabajo. Pero, en el caso de poder cumplir esas exigencias, nada nos garantiza que un accidente de cualquier tipo incapacite al empleado o empleada para continuar con su labor sin peligro para su vida. Pensemos en una plataforma petrolífera. Si un trabajador se rompiera un brazo y recibiera el alta sin tener la movilidad o fuerza completa, se corre el riesgo de que no pueda operar adecuadamente y provocar una situación de peligro. Aunque tampoco es necesario que haya una víctima previa; un problema respiratorio en una empresa química supone una contingencia para la vida del empleado. Así que, bien sea por incapacidad o por evitar males mayores, la empresa debe conceder – o el propio trabajador solicitarla- la baja por riesgo laboral con el fin de evitar problemas mayores a la propia persona o al resto de la compañía.

Este tipo de situaciones se dan con relativa poca frecuencia; nadie está exento de sufrir un percance y la estadística indica que las probabilidades son bastante bajas. En nuestro país. Afortunadamente, España está regulada por una ley de prevención de riesgos laborales que, aunque a algunos pueda parecer excesiva y exagerada, deberían visitar las minas en África, donde la muerte puede suceder en cualquier momento y, lo peor de todo, no se trata de evitar porque es más barato reemplazar a los fallecidos.

Juicios morales aparte, existe otro segmento de población que puede ver afectada su seguridad por temas laborales sin necesidad de manejar maquinaria pesada u ocupar un cargo de alta generación de estrés: las mujeres embarazadas.

Si bien es normal tener a compañeras de trabajo realizando sus funciones de manera habitual mientras se gesta una vida en el interior de sus vientres, el peligro que pueden correr en el trabajo debería advertirlas de cuáles son sus verdaderas prioridades. No me entiendan mal; una mujer embarazada puede desempeñar su trabajo a la perfección hasta el día del parto. Pensar lo contrario sería discriminatorio e injusto hacia ellas. Sin embargo, si su trabajo implica carga de pesos, manipulación de tóxicos, elevados niveles de estrés o peligros físicos de cualquier tipo, llegará un momento en el que soliciten la baja por riesgo laboral por precaución o por la seguridad propia y del resto.

Afortunadamente, los departamentos de Recursos Humanos tramitan este tipo de solicitudes con celeridad y normalidad. El único requisito es presentar un parte médico – cualquier médico de cabecera escribe el informe – y la documentación que la empresa requiera aparte para su obtención.