Cómo funciona el contrato verbal

Cómo funciona el contrato verbal

06 de diciembre de 2016


Si habéis visto una serie llamada 24, sabréis que las condiciones pactadas durante un interrogatorio acaban siempre con el culpable exigiendo verlas por escrito antes de colaborar con el equipo antiterrorista. Teniendo en cuenta que ese documento es una prueba judicial legal de que sus días no van a terminar en el interior de una angosta celda de una peligrosa cárcel, es normal que ese tipo de personas duden de la validez de un acuerdo oral. Sin embargo, no hay que llegar a esos extremos nuestra mundana vida, puesto que los contratos verbales ofrecen las mismas garantías en nuestro país que los escritos. Además, la solicitud del documento impreso y firmado por el presidente del gobierno añade tensión dramática a la serie mientras se espera su recepción en la sala de interrogatorios y lo que nos interesa en definitiva a nosotros es llegar a un acuerdo lo más rápido posible.

El Código Civil indica en el artículo 1278 que “los contratos serán obligatorios, cualquiera que será la forma en que se haya celebrado siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez”. Por tanto, está reconocido por la ley. Eso sí, no en todos los casos. Algunas situaciones requieren papel de por medio para legalizarse, como puede ser la escritura de una casa.

El origen de este tipo de contratos viene de aquellos tiempos en los que la palabra de un caballero era sinónimo de confianza. El propio Al Pacino lo decía en El Precio del Poder; yo solo tengo dos cosas: mi palabra y mis huevos. Claro que, si recordamos su personaje, no era de esas personas con las que conviene tratar. Pero refleja la herencia española en las colonias de cuidar la honra y reputación de la nobleza. Obviamente, la picaresca es su hermana bastarda, por lo que uno nunca sabe de cuál de ellas se puede fiar. Por esa razón, hay una serie de métodos que permiten probar su existencia en caso de desacuerdo o incumplimiento, como los testigos, actos que demuestren la intención de contratar, hechos que certifiquen la celebración del contrato o recibos bancarios, correos y otro tipo de documentación semejante con los que comprobar su existencia.

A pesar de todo, no confundáis ser honrados con cándidos. Determinadas vicisitudes pueden provocar un cambio de parecer en la buena intención de cualquiera de las dos partes. Y preservar el honor dejó de ser importante hace mucho tiempo. Podéis fallar al igual que ser fallados en cualquier momento y, pese a los métodos recogidos por la Ley de demostración de la existencia de ese acuerdo tácito entre caballeros, resulta muy complicado comprobar su validez. La palabra podrá ser sagrada, pero también se la puede llevar el viento. Y puede pasar mucho tiempo hasta que un juez dicte sentencia al respecto, por mucha prueba que tenga encima de la mesa.

Es por esta razón que es un tipo de acuerdo que ni empleador ni empleado gustan hacer. Al fin y al cabo, la prueba por escrito nos transmite la misma seguridad que a los malos de 24. Al ganador de una competición le gusta recibir una medalla, trofeo o copa que pruebe su triunfo y que luzca en una vitrina de su casa para que sus invitados crean sus palabras. Los trabajadores no lo van a enmarcar y colgarlo en el salón, pero sí que lo introducirán en una carpeta. Porque, como dice una canción de Adalberto Sánchez, voy a pedir pa ti lo mismo que tú pa mí, por si acaso.